Concursos de Méritos y Oposición

A continuación los Perfiles de los diferentes cargos de distintos Procesos y/o Unidades Administrativas necesarios para el GAD Municipal del Cantón Chilla:

1.- PROCESO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL

a.   Perfil.

Abogado / Dr. de Leyes

Responsable: Registradora /Registrador de la Propiedad y Mercantil

b. Atribuciones y responsabilidades:

1.    Coordinar la elaboración del Plan Operativo Anual, Plan de Adquisición de bienes y Servicios, Plan de Mitigación de Riesgos, Plan Estratégico de su área;

2.    Velar y responder por la Integridad, protección y control del registro a su cargo, así como las respectivas bases de datos por lo que responderá por la veracidad, autenticidad y conservación del registro;

3.    Certificar y publicitar los datos a su cargo con las limitaciones señaladas en la Constitución, la Ley y la ordenanza vigente;

4.    Aplicar las políticas y principios definidos por el Ministerio de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, a través de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, orientados a organizar el intercambio de la información pública y base de datos a su cargo con las entidades que conforman el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos;

5.    Coordinar con el área de Avalúos y Catastros para proceder a realizar los respectivos cruces de información, a fin de mantener actualizado permanentemente la información catastral, para lo cual inmediatamente de inscrita una escritura, sentencia judicial o cualquier forma traslaticia de dominio de bienes inmuebles informará a  Avalúos y Catastros del GAD Municipal del cantón Chilla;

6.    Establecer y definir las políticas y procedimientos de registro, actualización, seguridad y provisión de la información;

7.    Determinar los hechos, actos, contratos o instrumentos a ser inscritos y/o registrados; así como la obligación del Registrador de la Propiedad a la certificación y publicidad de los datos, con las limitaciones dispuestas en las leyes;

8.    Proveer de datos públicos completos, accesibles, en formatos libres, sin licencia alrededor de los mismos, no discriminatorios, veraces, verificables y pertinentes, en relación al ámbito y fines de su inscripción.

9.    brindar seguridad jurídica a los diferentes actos que se presente respecto de los bienes inmuebles del cantón.

10.  Inscribir los diferentes actos jurídicos de las propiedades, así como también las sentencias de los diferentes juzgados y tribunales competentes;

11.  Proteger al titular de un bien que ha inscrito, su derecho de forma completa, ya que a todos los efectos legales se presume por la Ley que los derechos que constan en el Registro existen y pertenecen a su titular tal y como están inscritos.

12.   Mantener actualizado el historial en orden secuencial (Folio Cronológico) de los bienes registrados (hipotecas, embargos, Prohibición de Enajenar  u otras cargas o gravámenes), lo que constituye una información fundamental para cualquier tipo de trámite de los ciudadanos interesados;

13.  Supervisa el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Registros y Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos;

14.  Remitir los remanentes a la DINARDAP conforme lo determina la Ley;

15.    Mantener el archivo digital de los actos generados en sus funciones;

16.  Elaborar los términos de referencia para los procesos precontractuales requeridos por el área;

17.  Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas, ordenanzas y resoluciones inherentes al área; y,

18.  Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su rol estratégico que le sean designadas por la autoridad correspondiente; y, las establecidas en la normativa vigente.

2.- PROCESO: UNIDAD  DE  TURISMO

a. Perfil.

Ingeniero/Licenciado en Turismo

Responsable: Técnico/ Técnica  Turismo

b.       Atribuciones y Responsabilidades:

1.    Elaborar y ejecutar la elaboración del Plan Operativo Anual, Plan de Adquisición de bienes y Servicios, Plan de Mitigación de Riesgos, Plan Estratégico de su área;

2.    Elaborar el plan cantonal de turismo; el mismo que será ejecutado para contribuir e incentivar el desarrollo económico de Chilla

3.    Elaborar proyectos en el ámbito turístico y fomento productivo considerando la articulación con entidades e instituciones del sector público y privado, nacionales e internacionales;

4.    Desarrollar estrategias para impulsar proyectos turísticos y fomento productivo en el cantón;

5.    Desarrollar propuestas de ordenanzas y normativas inherentes al turismo y fomento productivo, a fin de contar con el marco legal para los fines pertinentes;

6.    Efectuar diagnósticos de los sectores turísticos; y, evaluar su perspectiva a mediano y largo plazo;

7.    Elaborar y actualizar el inventario de los atractivos turísticos y el catastro de establecimientos turísticos, reconocidos por el Ministerio de Turismo y el GAD Municipal del Cantón Chilla, a fin de emprender programas y acciones de promoción;

8.    Participar en la organización de los pequeños y medianos productores para estimular y facilitar programas participativos de asistencia técnica y la conformación preferente comunitaria de empresas turísticas;

9.    Analizar y presentar propuestas viables para la declaratoria de zonas de interés turístico cantonal;

10.  Elaborar Proyectos de Capacitación y Promoción turística Cantonal, como participación y organización de ferias con proyección nacional, ponencias, exposiciones y actividades de difusión turística;

11.  Mantener el archivo digital de los actos generados en sus funciones;

12.  Elaborar los términos de referencia para los procesos precontractuales requeridos por el área;

13.  Cumplir y hacer cumplir las leyes, ordenanzas y resoluciones inherentes al área; y,

14.  Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su rol estratégico que le sean designadas por la autoridad correspondiente; y, las establecidas en la normativa vigente.

3.- PROCESO  GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO LOCAL

a.    Perfil

Ingeniero civil

Responsable: Técnica/Técnico de Planificación  Urbano Y Rural

b.    Atribuciones y Responsabilidades:

1.     Elaborar el Plan Operativo Anual, Plan de Adquisición de bienes y Servicios, Plan de Mitigación de Riesgos, Plan Estratégico de su área;

2.     Elaborar proyectos a nivel de concepto, pre-factibilidad y factibilidad para su implementación en el territorio, relacionados fundamentalmente al mejoramiento del espacio público;

3.     Programar estudios y diagnósticos relacionados con aspectos, sociales, demográficos, económicos, de vivienda, suelo, equipamientos y otros temas urbanos necesarios para la elaboración de planes en áreas urbanas y rurales del GAD Municipal;

4.     Evaluar las solicitudes y requerimientos ciudadanos o institucionales para la dotación de equipamientos de acuerdo a las competencias del GAD Municipal;

5.     Evaluar y efectuar el seguimiento del POA de la Dirección de planificación y emitir los informes requeridos;

6.     Coordinar, facilitar y articular la formulación e implementación de políticas institucionales y públicas para los temas de planificación y ordenamiento territorial, de asentamientos  urbanos y rurales;

7.     Definir estrategias territoriales de uso, ocupación y manejo del suelo en función de los objetivos económicos, sociales, ambientales y urbanísticos;

8.      Planificar el uso del suelo y proponer políticas, planes y normativas, orientadas a racionalizar las intervenciones en el territorio del cantón;

9.      Formular y emitir las orientaciones técnicas de planificación territorial y desarrollo urbano y rural del cantón;

10.   Actualizar el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT), de acuerdo a la normativa vigente, generando y realizando ajustes a las metas e indicadores de seguimiento del PDOT;

11.   Generar herramientas que faciliten la articulación para la operatividad del PDOT; así como información para su conocimiento y difusión;

12.   Ejecutar el modelo de gestión del PDOT, a través de la coordinación de los diferentes entes involucrados;

13.   Realizar el seguimiento y evaluación del PDOT y presentar informes anuales;

14.   Impulsar las mesas de concertación para la gestión y actualización del PDOT;

15.   Asesorar a los GAD’s parroquiales en los procesos de actualización de los PDOT Parroquiales;

16.   Realizar investigaciones sobre antropología urbana y estudios etnográficos sobre los usos sociales y simbólicos de diferentes unidades territoriales para generar planes, programas y proyectos destinados a recuperar, preservar, mantener y difundir el patrimonio tangible e intangible, con la finalidad de proteger y conservar valores arquitectónicos y patrimoniales;

17.   Promover, coordinar y desarrollar investigaciones históricas inherentes a las áreas protegidas del cantón (producción de estudios de interés histórico, testimonial, arquitectónico), con la finalidad de conocer los procesos históricos que dan valor al patrimonio tangible e intangible;

18.   Coordinar con las demás Direcciones inherentes a la competencia de Patrimonio;

19.   Mantener el archivo digital de los actos generados en sus funciones;

20.   Elaborar términos de referencia y consolidar los procesos precontractuales de los proyectos de la Dirección;

21.   Cumplir y hacer cumplir las leyes, ordenanzas y resoluciones inherentes al área;

22.   Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su rol estratégico que le sean designadas por la autoridad correspondiente; y, las establecidas en la normativa vigente.

4.- PROCESO  GESTIÓN AMBIENTAL.

a. Perfil

Ingeniero/Licenciado en Ambiente

Responsable: Técnica/Técnico Ambiental

b.           Atribuciones y Responsabilidades:

1.    Coordinar la elaboración del Plan Operativo Anual, Plan de Adquisición de bienes y Servicios, Plan de Mitigación de Riesgos, Plan Estratégico de su área;

2.    Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y ordenanzas ambientales, delegaciones de funciones y convenios que se suscriban en materia ambiental;

3.    Elaborar y presentar estudios de impacto ambiental, planes de manejo ambiental, auditorías ambientales y cumplir con lo que manda el Art. 136 del COOTAD así como también el cumplimiento estricto de las atribuciones determinadas del Art 12 de la Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, y Norma de Control Interno 409 GESTIÓN AMBIENTAL;

4.    Asesorar y actuar como instancia conciliadora en la dirigencia de conflictos ambientales;

5.    Gestionar la asignación de recursos internos y externos que estén destinados a planes, programas y proyectos ambientales;

6.    En coordinación con los organismos técnicos pertinentes, disponer la realización de labores de prevención, diagnóstico, evaluación, monitoreo y control ambiental;

7.    Promover la investigación, educación, capacitación y la difusión de temas relacionados con el ambiente, los recursos naturales y la biodiversidad;

8.    Vigilar y exigir que todo estudio de impacto ambiental sea realizado de forma eficiente, observando las recomendaciones técnicas que se dispone para el efecto; así como también velará para que los planes de manejo ambiental y sistemas de gestión ambiental se ejecuten oportuna y eficientemente;

9.    Ejercer o apoyar acciones de procuraduría ambiental, a fin de permitir que particulares reclamen sobre afectaciones al ambiente, ya no únicamente a su nombre, sino a nombre de toda la colectividad, sin que las denuncias, previa constatación y comprobación deriven responsabilidad ni causen problemas a los denunciantes;

10.  Desarrollar acciones que contribuyan a un fortalecimiento organizado de la comunidad y mejorar su capacidad de gestión, con énfasis en la implantación de planes, programas, proyectos y servicios ambientales;

11.  Promover la celebración de convenios interinstitucionales con organismos nacionales e internacionales y Universidades para la consecución de proyectos para la investigación y la cooperación;

12.  Fomentar el desarrollo productivo del cantón, estimulando la implantación de sistemas de producción limpia enmarcadas dentro del desarrollo sustentable;

13.  Coordinar el diseño y la implantación de planes de manejo de las  cuencas hidrográficas ubicadas dentro de los límites del cantón;

14.  Proporcionar apoyo técnico a instituciones y organismos locales en materia ambiental cuando estos lo soliciten;

15.  Impulsar programas de revegetación, reforestación, manejo forestal no maderable tendientes a mejorar las condiciones ambientales de las cuencas hidrográficas del cantón;

16.  Recopilar y generar información ambiental del cantón, que permita realizar una gestión efectiva, principalmente en lo relativo al control y prevención de la contaminación, protección, manejo y conservación de recursos naturales protegidas que se ubican dentro del territorio cantonal;

17.  Apoyar con los elementos técnicos para la elaboración de ordenanzas ambientales, así como también de aquellos estándares ambientales que sustenten dichas ordenanzas;

18.  Denunciar a las autoridades correspondientes los incendios forestales.

19.  Solicitar  el apoyo a la fuerza pública  para la detención de las personas que  talan los bosques de las áreas protegidas.

20.  Solicitar los permisos de impacto  ambiental de las personas que talen los árboles  con fines  comerciales de áreas no protegidas

21.  Levantar    el catastro de los bosques  que han sido  consideradas  como áreas protegidas por la Secretaria Nacional del Agua.- Demarcación Hidrográfica del Jubones.

22.  Fortalecer en la ciudadanía capacidades para la aplicación de políticas ambientales tendientes a contribuir con el control ambiental y protección de recursos naturales.

23.  Identificar riesgos y problemas ambientales reales o potenciales y presentar propuestas para mitigar, enfrentar, atender y gestionar la solución de los inconvenientes localizados.

24.  Ejecutar las acciones pertinentes de ser necesarias ante el Ministerio del Ambiente y entidades pertinentes para mantener la calificación como autoridad ambiental de aplicación responsable y obtener la licencia ambiental para controlar y sancionar dentro de su jurisdicción las infracciones y delitos que atentan contra el ecosistema

25.  Gestionar en coordinación con las Direcciones correspondientes los recursos provenientes de cooperaciones o donaciones nacionales o internacionales en el ámbito de su competencia

26.  Realizar evaluaciones inherentes a desastres naturales o antrópicos, así como seguimientos y auditorías ambientales sobre las licencias otorgadas a las obras

27.  Fiscalizar la aplicación de normas y planes de manejo ambiental de proyectos ejecutados por el GAD Municipal del cantón Chilla

28.  Preparar y presentar para su aprobación y posterior ejecución proyectos para otorgar, regular, controlar, administrar y extinguir autorizaciones mineras, referentes a materiales áridos y pétreos, que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, lagunas, playas y canteras y; ejercer las actividades de gestión que le corresponden de manera especial el cobro de tasas por patentes de conservación y regalías mineras;

29.  Disponer labores de prevención, monitoreo, control y remediación ambiental de acuerdo a su competencia

30.  Dentro de sus competencias, realizar las emisiones de licencias       ambientales legalmente establecidas y disponer el pago de tasas por servicios  técnico-administrativos en la tesorería municipal;

31.  Dentro de sus competencias, realizar la emisión de licencia o ficha ambiental para ejecutar obras del GAD Municipal;

32.  Organizar y administrar el registro minero en el que se inscribirán todos los instrumentos mediante los cuales, otorguen, modifiquen o extingan derechos mineros, registros de sanciones, así como los demás actos y contratos que se celebren en materia minera de materiales áridos y pétreos;

33.  Imponer sanciones motivadamente respecto a la prohibición de contratar niños, niñas y adolescentes; violaciones al medio ambiente, a la preservación del patrimonio cultural, a los derechos humanos y aprovechamiento indebido del agua. Del incumplimiento a las disposiciones de la Ley, notificará a las entidades públicas correspondientes para la adopción de medidas legales pertinentes;

34.  Coordinar con otras entidades las actividades de mejoramiento del ambiente;

35.  Realizar las demás tareas que le asigne el jefe inmediato o el Alcalde.

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